Cómo patentar un vehículo con la Ley de Autos Artesanales

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Cómo patentar un vehículo con la Ley de Autos Artesanales

Mensaje por alejandromp71 » Jue Ago 11, 2022 7:55 am

https://ar.motor1.com/news/602884/aciar ... tesanales/
Cómo patentar un vehículo con la Ley de Autos Artesanales
Bessia y Rauda fueron los primeros en obtener la nueva matrícula. Eduardo Bosch, director ejecutivo de Aciara, explica los requisitos a cumplir.

08 Agosto 2022 a las 14:14

Por: Redacción

Texto de Eduardo Bosch

Director ejecutivo a cargo de Coordinación Técnica de Aciara.

La construcción de autos de manera artesanal en Argentina nació en los albores mismos de la motorización nacional. En simultáneo con la llegada al país de los primeros automóviles importados desde Europa y Estados Unidos, un reducido -pero entusiasta- grupo de emprendedores hizo realidad el sueño de la movilidad propia con la construcción de originales e inéditas unidades autopropulsadas.

Celestino Salgado y Manuel Iglesias son los nombres propios de esas historias pioneras que testimoniaron sobre la iniciativa y capacidad de los técnicos y mecánicos criollos y extranjeros afincados en el país. Horacio Anasagasti completó esta terna de entusiastas pioneros con la primera producción seriada de automóviles en Argentina.

Junto a ellos se destacaba una prolífica industria de carrocerías de autos de lujo donde la sensibilidad y habilidad constructiva de sus técnicos y artesanos convertía en verdaderas obras de arte móviles los chasis sin carrozar que llegaban del exterior. Pero el nacimiento de la gran industria a mediados de siglo puso en riesgo la continuidad de esta actividad frente a la masividad y reducción de costos que proponía la producción en masa.

Sin embargo, la gestación de la industria automotriz nacional, con la llegada de las grandes marcas internacionales, entregó la materia prima necesaria para que los creativos constructores artesanales pudieran desarrollar vehículos originales que la gran industria no producía.

Ese espacio fue hábilmente ocupado por los fabricantes independientes con propuestas personalizadas que recreaban clásicos históricos, en algunos casos, y en otros, más osados, proponían diseños absolutamente inéditos. Este grupo de constructores tuvo su etapa de esplendor en los años 70, cuando el régimen de armado de fuera de fábrica permitía montar unidades completas a partir de mecánicas de serie provistas por la industria nacional, pero con chasis, carrocerías y otros componentes concebidos y construidos en forma autónoma. Las propuestas fueron tan diversas como las necesidades de movilidad de los usuarios. Desde utilitarios hasta deportivos de alta performance, pasando por vehículos recreativos, el universo de automóviles artesanales argentinos resultó pintoresco y creativo.

Pero la actividad del sector no fue ajena a las recurrentes crisis económicas que padeció el país y que afectaron su continuidad y subsistencia. Por último, un nuevo marco legal muy restrictivo puso en jaque a la actividad que se redujo a niveles mínimos con la fabricación de unidades acotadas al uso en ámbitos privados -fuera de la vía pública- o bien destinada a la exportación.

La reciente sanción de la nueva ley que regula la fabricación de autos artesanales (Ley 26.938, leer historia) creó las condiciones legales necesarias para poner nuevamente en marcha este sector que genera mano de obra calificada, valor agregado y capacidad para generar divisas. (Texto histórico de Gustavo Feder)
Objetivos de Aciara

La Asociación de Constructores Independientes de Automóviles de la República Argentina (Aciara) nació en el año 2012 (leer historia), y fue el punto de partida, del trabajo mancomunado de muchos constructores y artesanos, que luego de más de dos décadas de imposibilidad de fabricar vehículos en Argentina, se abocaron a la difícil tarea de poner nuevamente en valor al sector, rescatando conocimiento adquirido durante muchos años, y la vez generando un acto de justicia para reivindicar la actividad de muchos pequeños y medianos constructores que se vieron obligados a dejar la actividad o a emigrar, en los años 90.

Aciara fue la impulsora de la ley nacional 26938, el proyecto fue presentado oprtunamente ante la legislatura, por los diputados nacionales Eduardo Amadeo y Paula Bertol, siendo el mismo votado por unanimidad en ambas camaras.

Este trabajo culmina con la sanción de la presente ley, que genera el marco técnico-legal y permite que hoy sea una realidad el desarrollo y la fabricación de vehículos artesanales, desde Argentina y para el mundo

Debemos realizar un especial agradecimiento a todos los legisladores y a todos los partidos políticos que con su voto positivo y trabajo cotidiano apoyaron esto que es hoy una realidad. Especial agradecimiento a los estamentos del Estado, a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y toda su gente; al Ministerio de Producción, al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, a los estamentos técnicos, al INTI, y otros. Y especial mención a todas aquellas familias, esposas y amigos que colaboraron de forma anónima.

Para los constructores y artesanos siempre estuvieron claros los objetivos que se debían cumplir, algunos de éstos son:

* Desarrollo de la industria vehicular nacional.

* Desarrollo de mano de obra calificada.

* Mejoras continuas de los procesos de fabricación y calidad.

* Exportación de productos con alto valor agregado.

* Colaborar desde nuestro ámbito, para mejorar la imagen de nuestro país en el extranjero, a través de la exportación de vehículos de alta calidad.
La Ley 26.938 (síntesis)

La Ley 26.938 regula la producción y circulación en la vía pública de automotores fabricados artesanalmente, y establece categorías en las que se establece la cantidad de vehículos que cada fabricante puede producir por año.

Estas categorías son:

* Automotor Reproducción (Categoría AR1): Copia fielmente un determinado modelo original cuya producción haya cesado al menos treinta (30) años antes del momento de iniciarse la fabricación de su reproducción. Límite de producción: 50 unidades al año por fabricante.

* Automotor Réplica (Categoría AR2): Replica no fielmente un determinado modelo original cuya producción haya cesado al menos treinta (30) años antes del momento de iniciarse la fabricación de su réplica. Límite de producción: 100 unidades al año por fabricante.

* Automotor Inédito (Categoría AI): Compuesto por una estructura y carrocería de diseño original e inédito. Límite de producción: 100 unidades al año por fabricante.

Estas tres categorías, corresponden a vehículos construidos desde cero, es decir se construye la totalidad del vehículo.
Características de las categorías

* Categoría AR2: Claramente es la que congrega más constructores. Esta categoría permite producir réplicas de modelos como ser Ford Cobra, Lotus Seven, Porsche 550, etcétera. Un requisito identificatorio de esta categoría, es que se debe respetar la morfología o forma exterior del vehículo, pero el diseño de chasis y mecánica es de libre diseño, obviamente respetando las normas que regulan técnicamente la presente ley. En mi criterio es una categoría ideal para empezar en este mundo de los autos. Luego siguen dos categorías que son muy interesantes pero que tienen más complejidad, a la hora de incursionar en ellas, tanto en lo técnico, como a nivel de inversiones y planificación.

* Categoría AR1: Una categoría muy interesante y especial, que permite reproducir vehículos de diverso tipo, la particularidad de esta categoría radica, en que se debe reproducir, la totalidad del vehículo, no solamente la carrocería, sino, que la reproducción abarca el chasis y los conjuntos mecánicos. Y todas sus piezas accesorias. Es una categoría que claramente no es para iniciarse. Puede demandar mucha inversión y tiempo de desarrollo.

* Categoría AI (Inédito): Aquí, hablamos de un vehículo diseñado desde cero, creado especialmente, en donde el diseño de la carrocería, el chasis y todos sus componentes son creados desde cero, sin copiar a otros vehículos. Según mi gusto personal, la más linda, por lejos. Para los diseñadores y creativos, como soy yo, no hay nada más lindo que dibujar, bocetar y crear algo nuevo: una nueva forma, un nuevo vehículo. Pero, así como es de linda esta categoría, es demandante, es como apostar a algo que no se sabe si va a ser un éxito. Claramente requiere inversión y tiempo, y claro una cuota de fe. Para mí es la Reina de las categorías en esta Ley.

* Categoría AR3: Automotor Reformado, que ha sido modificado estructuralmente y/o repotenciado. Esta categoría, permite modificar vehículos, existentes, que ya estén patentados. Naturalmente cumpliendo las normativas técnicas pedidas en los anexos técnicos. Un requisito a tener en cuenta: la modificación de una carrocería, (por ejemplo, cortar y/o bajar techos), y cualquier modificación estructural, obliga a un ensayo de estructura, para verificar si la carrocería mantuvo, a posteriori de las modificaciones, su integridad estructural.

* Categoría AR4: Automotor Restaurado (AR4) que ha sido íntegramente vuelto a su estado original, y cuya antigüedad sea de al menos treinta (30) años. Aquí creo no hay mucho para explicar, es restaurar un vehículo a su estado original. En la ley, además de las categorías, se definen, los aspectos legales, que deben cumplir los aspirantes a constructores.
El trámite, paso a paso

En primer lugar, el constructor se deberá inscribir en el Ministerio de la Producción, y allí deberá cumplimentar los requisitos pedidos, como ser: la nominación de un ingeniero representante técnico, con competencia en el ámbito automotriz. Disponer de un taller y maquinaria para realizar el trabajo. Aquí un comentario: esta ley fue creada para pequeños y medianos fabricantes, por ello respecto de la infraestructura lo que se pide es mínimo, por ejemplo: actualmente hay constructores habilitados cuyos talleres no miden más de 150 m2. La maquinaria pedida dependerá del tipo de vehículo a fabricar.

Si va a soldar un chasis de caño o tubo, se pide soldadora MIG, y herramientas para corte y trabajo para este tipo de estructuras. Si va a fabricar una carrocería en aluminio, se pide soldadoras TIG, y herramientas para este proceso. Nada que un artesano no disponga o pueda conseguir.

Luego hay otras inscripciones, que tienen que ver con darse de alta en el DNRPA, para ingresar al sistema y a partir de ello, poder generar, por ejemplo certificados de fabricación, formularios 01D y 12D entre otros.

También se deberán dar de alta en la Agencia IRAM, para obtener el famoso número VIN (en castellano Número de Identificación del Vehículo). Básicamente es el DNI, del vehículo, y lo importante: permite exportar las unidades, pues a partir de esta codificación, el vehículo obtiene estatus de automóvil a nivel internacional (también se lo conoce como "número de chasis").

Para los interesados que quieran conocer más detalles, los invito a leer la ley 26.938, en su totalidad. Pueden entrar al site de Aciara (www.aciara.com.ar) donde podrán leer la ley y mucho más a nivel reglamentario.
Normativa técnica

Todo vehículo fabricado en el marco de la presente ley, para ser liberado a la circulación en la vía pública, debe cumplir obligatoriamente con los siguientes anexos técnicos. A continuación se detallan la totalidad de los anexos técnicos, recordando que cada categoría (AR1, AR2, AR3, AR4 e Inédito.) deberán cumplimentar lo pedido para su categoría en particular.

En cada anexo se detalla, por categoría, los requisitos que deben cumplimentar.

1. Definiciones AR1.

2. Habitáculo y carrocería (ver archivo para descargar acá abajo).

3. Resistencia de estructura.

4. Vidrios de seguridad.

5. Sistema limpiaparabrisas (ver archivo para descargar acá abajo).

6. Sistema de iluminación (ver archivo para descargar acá abajo).

7. Rodados.

8. Sistema de frenos y ensayo de frenada (ver archivo para descargar acá abajo).

9. Anclaje de los asientos.

10. Cabezales de seguridad.

11. Campo de visión trasero.

12. Tanque de combustible.

13. Cerraduras y bisagras.

14. Protección contra encandilamiento solar.

15. Identificación de comandos y luces piloto.

16. Cinturones de seguridad.

17. Niveles de ruidos y gases.

18. Prueba de Slalom.

A título informativo, usted puede descargar algunos anexos técnicos en formato PDF, si desea ampliar su información por favor enviar mail a tecnica@aciara.com.ar y con gusto se los enviaremos.
Seguridad Vehicular - Protocolo de fabricación

Aquí les contamos cómo es el camino, en general, de un proceso de fabricación. Los mismos se deberán ceñir a las características técnicas pedidas en los Anexos Técnicos (aprobados por la ANSV). El fabricante conjuntamente con el ingeniero representante técnico, diseñan el vehículo y verifican que el diseño cumpla los anexos técnicos.

En tal sentido se debe saber, que el vehículo una vez construido pasa por distintas etapas de aprobación y la no aprobación de alguna de estas etapas, devendrá en la limitación parcial o total del vehículo para la circulación en la vía pública en el territorio Argentino.

De no cumplir con los requisitos, el vehículo tendrá prohibición de circulación en la vía pública, aun así se permitirá su inscripción, a efectos de obtener el dominio de la unidad, y la misma pasará a ser un off-road, hasta tanto se modifiquen las condiciones que generaron dichas limitaciones o prohibiciones.

Las etapas de aprobación son las siguientes:

* 1ra etapa: Ensayo de resistencia de estructura (para categorías AR2, AR3 e inédito). Realizada en una bancada, in situ sobre la estructura, (ver anexo resistencia de estructura). En la misma participan el Ing. representante técnico, y dos veedores a saber: uno en representación de la ANSV y otro de Aciara, en representación del constructor. Este es un ensayo de cumplimiento obligatorio, para poder circular por la vía pública. Posteriormente se termina de construir totalmente la unidad, y una vez completada al 100%, se pasa a la siguiente etapa.

* 2da Etapa: Ensayo en pista de Frenada y Slalom (a fin de verificar el comportamiento dinámico de la unidad, obligatorio para todas las categorías). En la misma participan el Ing. representante técnico, y dos veedores a saber: uno en representación de la ANSV y otro de Aciara, en representación del constructor. Éste es un ensayo de cumplimiento obligatorio, para poder circular por la vía pública. Una vez aprobado los dos ensayos se pasa a la siguiente etapa.

* 3ra etapa: Presentación de documentación en la ANSV, a fin de pedir la inspección RTI (Revisión Técnica Inicial) que se realiza en una planta de RTO (revisión técnica Obligatoria), obligatoria para todas las categorías. En la ANSV, se debe presentar entre otras cosas: 1) Constancia de inscripción en el registro de fabricantes. 2) Copia de certificado de fabricación. 3) Certificado de aprobación de ensayo de estructura. 4) Certificado de aprobación de ensayo de frenada. 5) Certificado de aprobación de ensayo de Slalom. 6) Declaración jurada, firmada por el Ing. representante técnico, referido el cumplimiento de los restantes anexos técnicos y memoria técnica. 7) Planos del vehículo según anexo XXI.

* 4ta etapa: Con la autorización de la ANSV, quedará habilitado a concurrir a la planta de RTO a realizar la inspección vehicular. (La ANSV, le asignara un turno en una planta a designar, cercana al fabricante, o la que se encuentre disponible) En la planta de RTO, se procederá a realizar la verificación, por el personal de planta, pudiendo el vehículo obtener tres calificaciones:

* Calificación A: Libre circulación en la vía pública. Cumple con todos los ítems a revisar.

* Calificación B: Circulación restringida. El vehículo no podrá circular por autopistas, autovías, ni rutas nacionales o provinciales. Solo podrá circular por calles y avenidas.

* Calificación C: No puede circular por la vía pública.

Una vez realizada la inspección, la planta verificadora entregará un certificado, constando en ella la calificación obtenida.

Aquí quedan el vehículo y su propietario, aptos para dirigirse al Registro del Automotor a realizar la inscripción y patentamiento si correspondiere.

Importante: los ensayos técnicos, se realizan en cada auto individualmente, es decir, cada vez que se fabrica un vehículo esa unidad deberá ser ensayada. Este proceso se denomina certificación.
Conclusión

Espero que estas líneas les sirvan a todos para comprender y empezar en este apasionante mundo de la construcción de vehículos. Claramente sabemos que iniciar no es fácil, pero desde ya, sepan que cuentan con Aciara, y todos sus integrantes, que están para ayudar en lo que haga falta, en todo momento. Como demostración de que esto es posible, actualmente hay 12 fábricas artesanales funcionando, que confían en nuestro país, y en esta ley. Los invito a sumarse.

Como suelo decir: "Tenemos una nueva oportunidad, aprovechémosla". También vale decir, que esto ha sido el esfuerzo de centenares de personas que han invertido su tiempo y su vida en esto, incluidos quien les escribe. Hagamos que valga la pena y mostremos al mundo, lo que podemos hacer y de qué estamos hechos.

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